La pensión por fallecimiento de un trabajador es una asignación que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) destina a familiares de un trabajador que al momento de su fallecimiento trabajaba en relación de dependencia, como autónomo o monotributista.
A quiénes les corresponde
Cónyuge, conviviente o hijos del trabajador fallecido.
Requisitos
De las personas que pueden solicitar la prestación
- Cónyuge. Partida de Casamiento actualizada. (La actualización debe ser posterior a la fecha de deceso)
- Conviviente. Acreditar cinco años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a dos años.
- Hijos. Ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del trabajador fallecido
Del trabajador fallecido, cumplir alguno de los siguientes
- Tener 30 años de aportes para el régimen común.
- Haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
- Haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
- Haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial. En caso de no cumplir con este requisito el solicitante puede completar los años de aportes, computando servicios por Declaración Jurada.
Documentación
Recibos de sueldo, altas de AFIP y toda documentación laboral posible del trabajador fallecido.
Trámite
El trámite es presencial con turno.
DiarioUno