La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización y distribución en todo el territorio nacional de una manteca “por no corresponder en su composición con el perfil de grasas lácteas”.
La manteca, que se da a conocer como “calidad extra, marca Primer Premio” no cumpliría con la norma alimentaria vigente. A partir de tres informes emitidos por la ANMAT se concluyó “no conforme en cuanto a la determinación de ácidos grasos, los que no se corresponden con el perfil de grasa láctea”.
El anuncio fue realizado a través de la disposición 9122/2019. El alerta alimentaria incluyó la orden de la prohibición de transporte, comercialización y exposición, “y en su caso, decomiso, desnaturalización y destino final de dicho producto, en todo el territorio de la provincia de Santa Fe”.
El Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL “categorizó el retiro Clase III y a través de un Comunicado SIFeGA puso en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país y solicitó realizar el monitoreo del retiro de los lotes implicados del producto por parte de la empresa en zona de distribución y, en caso de detectar la comercialización del referido alimento en sus jurisdicciones, procedan de acuerdo a lo establecido en el Código Alimentario Argentino (CAA) informando al Instituto Nacional de Alimentos acerca de lo actuado”.