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Ambicioso Plan de Facilidades de Pago en Caucete

El Sol de San Juan Por El Sol de San Juan
2020/01/20
Ambicioso Plan de Facilidades de Pago en Caucete
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La Municipalidad de Caucete, a través de la Secretaria de Hacienda y Finanzas, lanzó un plan de facilidades de pago destinado a dar respuesta a todos aquellos contribuyentes que por diversas razones no cumplieron con las obligaciones fiscales, pero que aun así desean cancelar las obligaciones que mantienen con el fisco municipal.

A lo largo de los últimos años el nivel de asfixie llegó a límites críticos, y el nivel de endeudamiento de los particulares y empresas con el estado es muy alto. por esto, se propone la implementación de un plan de pagos, que, permite acceder a los ciudadanos y empresas a quitas de capital de sus deudas, en caso de pagar de contado, y sino en cuotas a un interés accesible. además, el plan se implementará bajo un nuevo contexto de “desaceleración inflacionaria y crecimiento del crédito productivo a través de la dirección de producción y el ministerio de producción de la provincia”.

El objetivo principal de este plan de facilidades de pago es la recaudación transparente y genuina de recursos municipales, a fin de generar mecanismos de fortalecimiento de la obra pública, servicios municipales y toda actividad tendiente a la mejora en la calidad de vida de los cauceteros.
Se persigue como fin fundamental la generación de políticas públicas que reivindiquen el mejoramiento de la ciudad, y la correcta inversión de los fondos públicos.

¿Qué obligaciones pueden incluirse en el plan?
Se puede incluir todo tipo de obligaciones que se mantengan con el fisco municipal desde el 31/12/16 (incluída hasta la 6° cuota del plan de pagos del año 2016) al 30/11/19, a saber:
• Tasas y contribuciones sobre inmuebles.
• Contribución por servicio a la actividad comercial- industrial y de servicios.
• Contribución por servicios sobre la instalación eléctrica y mecánica.
• Contribución que incide sobre la introducción y distribución de carnes muertas y el faenamiento realizado en mataderos autorizados.
• Contribución por servicios de inspección de salubridad, higiene y seguridad.
• Contribución por servicios sobre la publicidad y propaganda.
• Contribución por servicios sobre espectáculos públicos y diversiones públicas.
• Contribución por servicios sobre la ocupación de espacios públicos.
• Contribución por servicios y derechos de cementerio.
• Contribución por registración, matriculación y habilitación de servicios.
• Contribución por servicio sobre la construcción de obras en general.
• Contribución por servicios administrativos.
• Contribución que incide sobre las rifas y otros juegos de azar.
• Contribuciones por venta de bienes y servicios y transferencias de concesiones.
• Multas por infracción, intereses y accesorios de cada concepto adeudado o que dependan de los mismos.
• Conceptos adeudados de planes de facilidades anteriores y que se encuentran en mora, hasta la cuota 6° del plan de facilidades 2016.

¿Qué conceptos quedan excluidos?
Se excluyen del presente plan de pagos deudas que encuentren incumplidas, cuya fiscalización, control y recaudación de deudas y que encuentren a cargo de la municipalidad de caucete, que se encontraren con sentencia firme, o en vía de apelación y/o remate. Tampoco podrán ser incluidas en el presente régimen las deudas por contribución de mejoras bajo procedimiento de liquidación administrativa.

¿Se puede incluir en el plan deuda en gestión judicial?
Si dicha deuda se le aplicará un 3% de interés sobre la deuda exigida.
los honorarios exigidos del abogado interviniente no podrán superar el 10% del importe total que corresponda pagar por la aplicación de la presente norma de facilidades de pago

¿Cuáles son los requisitos para ingresar al plan?
Los contribuyentes y/o responsables que soliciten cualquiera de las facilidades de pago, deberán acreditar pago del período fiscal 2020 (primera cuota como mínimo) de la tasa general de inmuebles y/o contribución de mejoras que corresponda en su caso.

¿Existe descuento por pago de contado?
Sí. Si se realiza el pago de contado de la deuda determinada, pagándose hasta el 30/06/2020 se realiza una quita del 30% sobre el monto total de la obligación. si en cambio, se realiza luego de esa fecha y hasta el 31 de septiembre de 2020, la quita asciende al 20%.

¿Qué interés se implementa en el plan de facilidades en caso de abonar en cuotas? ¿se debe pagar anticipo inicial?
Si el contribuyente desea abonar la totalidad de la deuda en cuotas, la tasa de interés mensual asciende a 3%. Por otro lado, en caso de aceptar dicha modalidad deberá realizar un anticipo del 20% del total de la deuda determinada al momento de suscribir el plan de facilidades.

¿Qué cantidad de cuotas y monto mínimo de las mismas preveé el plan?
Se preveé una cantidad máxima por plan de pagos de 18 cuotas iguales y consecutivas. El valor mínimo de cada cuota no podrá ser inferior $350.- y no tiene valor máximo, según la capacidad contributiva del contribuyente.

¿Si dejó de pagar o me atraso el plan caduca?
Sí. El incumplimiento en el pago de dos cuotas consecutivas o tres alternadas, producirá, de pleno derecho, la caducidad automática del convenio de pago celebrado, con la pérdida de los beneficios otorgados.

¿Desde cuándo y hasta qué momento puedo acogerme a los beneficios del plan de facilidades?
A partir del 20/01/2020 y hasta el 31/12/2020.

¿Qué fecha opera el vencimiento en caso de optar por la cancelación en cuotas?
El vencimiento del plan de facilidades como modalidad en cuotas opera los días 16 de cada mes, o su posterior día hábil administrativo, en su caso.

¿Adónde debo acudir para comenzar a pagar el plan?

En el edificio municipal, en la oficina de rentas, industria y comercio dependiente de la secretaría de hacienda y finanzas. El horario de atención es de 7 a 13 hs de lunes a viernes a partir del 20/01/2020

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