Hoy lunes 3 de abril, a las 8.30 horas, la Cámara de Diputados celebrará la Primera Sesión del período ordinario que tiene como punto central el Mensaje Anual del Gobernador Sergio Uñac, donde rendirá cuenta de la marcha del gobierno ante los legisladores.
En tal sentido, el titular del Poder Ejecutivo concurre al recinto de sesiones del histórico edificio para cumplir con el precepto constitucional contenido en el artículo 189° inciso 6) que reza que “informa a la Cámara de Diputados al iniciarse cada período de sesiones ordinarias, del estado general de la administración, del movimiento de fondos que se hubiera producido dentro o fuera del presupuesto general durante el ejercicio económico anterior y de las necesidades públicas y sus soluciones inmediatas”.
Es oportuno consignar que la convocatoria fue realizada a través del Decreto N° 170-P-2023, en virtud de lo dispuesto por los artículos 152°, 189°, inciso 6), 220° y 221° de la Constitución Provincial y asimismo lo establecido por los artículos
23° incisos 1, 2, 6 y 9, artículo 39°, 40° (último párrafo) y 100° del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados.
Por último, destacar también lo impuesto por el artículo 145° de la Constitución Provincial, Ley N° 501-E y artículo 5º del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados y considerando que conforme lo dispuesto por el artículo 152° de la Constitución Provincial, la Cámara de Diputados debe reunirse en sesiones ordinarias todos los años desde el primer día hábil del mes de abril.
Además, que el artículo 189° inciso 6 de la Constitución Provincial establece que el Gobernador o quien ejerza el Poder Ejecutivo, debe informar a la Cámara de Diputados, al iniciarse cada período de sesiones ordinarias, el estado general de la administración, el movimiento de fondos que se hubiera producido dentro o fuera del presupuesto general durante el ejercicio económico anterior y de las necesidades públicas y sus soluciones inmediatas.
Asimismo, de acuerdo con los artículos 220° y 221° de la Constitución Provincial y artículo 39 del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, en su primera sesión, debe dividirse por sorteo en dos salas a los fines de la tramitación del Juicio Político. Cada Sala debe elegir a la diputada o diputado que la presida y además la Sala Acusadora debe nombrar los miembros de la Comisión de Investigación.
Por último, el artículo 145° de la Constitución Provincial establece que la Cámara nombra anualmente en su primera sesión ordinaria, un Vicepresidente Primero y un Vicepresidente Segundo de entre sus integrantes y por imperio de la Ley Nº 501-E dispone que la Cámara de Diputados debe designar, en la oportunidad establecida en el artículo 145° de la Constitución Provincial, un Vicepresidente Alterno.
El Orden del Día de la Primera Sesión
1) Mensaje Anual del señor Gobernador (conforme artículo 189°, Inciso 6, de la Constitución Provincial). Previo al mensaje del gobernador, será realizado un cuarto intermedio para permitir su arribo y saldrán los diputados de las comisiones de Exterior y de Interior. En tal sentido, lo harán los miembros de a Comisión de Exterior constituida por la diputada Florencia Peñaloza y los legisladores Juan Carlos Abarca, Sergio Miodowsky, Andrés Chanampa y Gustavo Usín y los legisladores que conforman la Comisión de Interior integrada por los diputados Horacio Quiroga, Enrique Montaño, Juan Carlos Gioja, Enzo Cornejo y Marcelo Mallea.
2) Designación de autoridades conforme artículo 5º del Reglamento Interno y Ley Nº 501-E, a saber:
- Vicepresidente Primero
- Vicepresidente Segundo
- Vicepresidente Alterno.
3) Aprobación de la versión taquigráfica correspondiente a la Décimo Octava Sesión Ordinaria llevada a cabo el 15 de diciembre de 2022.
4) Integración de las Salas Acusadora y Juzgadora, a los fines de la tramitación del Juicio Político y nombramiento de la Comisión Investigadora de la Sala Acusadora.
5) Designación de quienes representarán a esta Cámara, ante las audiencias públicas que sean convocadas por el Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE).
6) Designación de cuatro miembros titulares y dos miembros suplentes para integrar el Órgano Coordinador Provincial de la Problemática de la Violencia Familiar – Ley N° 989-E.