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Formalizaron la línea de créditos de hasta $ 400.000 y 48 meses de plazo para trabajadores

Para solicitar un crédito, los trabajadores deberán encontrarse en relación de dependencia, no estar alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.

El Sol de San Juan Por El Sol de San Juan
2023/09/07
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El Gobierno Nacional formalizó hoy el lanzamiento de una nueva línea de créditos de hasta $ 400.000 para trabajadores que no pagan Impuesto a las Ganancias con hasta 48 meses de plazo y una tasa de interés subsidiada a la mitad de lo que se abona en el mercado, como parte del paquete de medidas económicas anunciadas por el ministro de Economía, Sergio Massa.

El Decreto 463/2023 publicado hoy en el Boletín Oficial dispone las condiciones de la línea instrumentada por la Anses que tendrá una Tasa Nominal Anual (TNA) subsidiada del 50%, con tres meses de gracia y que se podrá devolver en 24, 36 o 48 cuotas.

El monto máximo será de $ 400.000, aunque, en todos los casos, la relación cuota-ingreso del crédito otorgado no puede superar el 20% del salario mensual. La nueva línea permitirá, por primera vez, que los trabajadores activos se beneficien de los créditos de la Anses, y no solamente los jubilados y pensionados.

Esto permitirá contribuir al “circulo virtuoso de la economía” impulsando al consumo y “atenuar la evolución negativa de variables económicas y sociales”, aliviando “el actual contexto económico desafiante que afecta sensiblemente” a los trabajadores.

“Es una nueva línea para trabajadores formales orientada al consumo, pero que, además, tiene el objetivo de desendeudar a las familias argentinas con la deuda de tarjeta de crédito”, detalló la directora ejecutiva de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta, la semana pasada.

Los préstamos serán financiados a partir de los fondos que posee la Anses: es por ello que el decreto de hoy modifica un artículo de la Ley 24.241 del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) en lo que respecta a las inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS). Dicha ley, con sus modificaciones, ya previa el otorgamiento de financiamiento a los beneficiarios del sistema previsional, pudiéndose utilizar hasta un 20% de los activos totales del fondo.

El decreto de hoy añade como beneficiarios de dicho financiamiento también a los aportantes del sistema, pudiéndose utilizar a tal efecto hasta un 5% de los activos totales del FGS. Para la nueva línea se destinarán $ 450.000 millones, pudiéndose ampliar este monto posteriormente por parte del Poder Ejecutivo.

Como requisito, los trabajadores deberán encontrarse en relación de dependencia, no estar alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, residir de manera permanente en el país y poseer una antigüedad no inferior a seis meses continuos bajo el mismo empleador.

Asimismo, no podrán superar la edad de jubilación para la fecha de finalización del pago del crédito, ser beneficiarios de una línea de crédito Anses vigente, ni tampoco encuadrarse dentro de la categoría “situación 2” en el registro de deudores del Banco Central (BCRA).

El decreto aclara que los solicitantes no podrán acceder al mercado de cambios para comprar divisas hasta la cancelación del crédito, lo cual será complementado por normas aclaratorias de otros organismos como el Banco Central. Los préstamos serán acreditados en la tarjeta de crédito del trabajador en la cuenta donde percibe su salario.

Por otro lado, los tres meses de gracia se cuentan en función del día de cobro de la remuneración del trabajador y, en caso de que se cambie de cuenta bancaria, se deberá informar a la Anses los datos de la nueva cuenta donde se realizarán los débitos de las cuotas pendientes.

En caso de mora, el organismo previsional queda facultado para debitar todo importe adeudado de las cuentas bancarias que posea el tomador.

De todos modos, los montos utilizados del FGS en el financiamiento de esta línea de crédito están garantizados, en caso de incumplimientos de pagos, por el Fondo de Garantías Argentino (Fogar) en hasta 100% del capital del préstamo, y sus intereses con un límite máximo a pagar de hasta el 10% del saldo vivo de los créditos movilizados.

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