En AFIP extienden la adhesión a la moratoria para finales de julio

Debido a la persistencia de los efectos negativos de la pandemia de Covid-19 sobre la economía de empresas y familias, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de julio el plazo de adhesión a la Moratoria 2020 para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro.

La nueva normativa de AFIP instrumenta la prórroga en los plazos del plan de regularización establecido el sábado pasado mediante el DNU 569/2020 . Asimismo, establece que la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten entre el 1 de julio y el 31 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 18 de agosto de 2020.

“La decisión pretende asegurar que la adhesión al régimen no se vea afectada por la pandemia y torne eficaz la recuperación de la economía perseguida por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva”, comunicó el organismo que comanda Mercedes Marcó del Pont.

La Moratoria 2020 permite que los contribuyentes regularicen deudas impositivas, de la seguridad social y aduaneras vencidas hasta el 30 de noviembre de 2019.

La iniciativa vigente contempla un plazo de regularización de hasta 10 años, la condonación parcial de intereses y total de multas.

Los contribuyentes que se adhieran deberán contar con un Certificado MiPyMe vigente. Contar con el documento otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo es condición necesaria para las micro, pequeñas y medianas empresas así como para los monotributistas y autónomos que desean acceder a la moratoria.

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