Hace unos días, la ANSES junto con el Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad de la Nación, crearon y pusieron en marcha el Programa Acompañar, que otorgará una prestación económica para promover la autonomía de las mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en riesgo por situación de violencia de género. Todos los detalles fueron publicados en el Decreto 734/2020 del Boletín Oficial.
“Cuando presentamos el Plan Nacional de Acción contra las Violencias por Motivos de Género, dijimos que estábamos planteando un nuevo enfoque en el abordaje de este tipo de fenómenos. Estamos convencidas de que es necesario reconocer las capacidades y fortalecer los recursos de las personas en situación de violencias para que puedan construir proyectos de vida libres de violencia. Para esto es necesario un Estado presente”, explicó la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación Argentina, Elizabeth Gómez Alcorta al poner en marcha el plan.
Y en ese contexto, agregó que “el programa Acompañar es una política pública que tiene como horizonte, junto a otras que estamos implementando, modificar las condiciones estructurales que reproducen las violencias por motivos de género”.
- La prestación consistirá en una suma de dinero equivalente a un Salario Mínimo Vital Móvil (SMVM), es decir, unos $ 16.875. Si se cobra el total asignado, serían más de $ 100.000.
- Se abonará durante 6 meses consecutivos para contribuir a solventar los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.
- Lo primero que hay que hacer es acreditar que existe una situación de violencia mediante un informe social. Si bien las inscripciones todavía no están abiertas, ya se adelantó que no será necesaria una denuncia policial para entrar a Acompañar.
- Además remarcaron que las personas incluidas en el programa contarán con acompañamiento integral y acceso a dispositivos de fortalecimiento psico social.
- Acompañar es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo (AUE), Monotributo Social, Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y Trabajo registrado para el Personal de Casas Particulares.
- Podrá requerir la prestación toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada; o extranjera con residencia legal en la República Argentina no inferior a UN (1) año anterior a la solicitud, a partir de los DIECIOCHO(18) años de edad.
Incompatibilidad para pedir el bono
- Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado; monotributo; y régimen de autónomos, excepto la compatibilidad establecida en el ARTÍCULO 6° incisos d) y f) del presente.
- Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional.
- Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales,municipales, o de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES;d. Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.
- Prestación por desempleo.
- Fallecimiento de la persona destinataria.
- Renuncia expresa.
- Ingreso a otro programa social de apoyo económico destinado a personas en situación de violencia por motivos de género.
- Incompatibilidad sobreviniente al otorgamiento por verificarse alguno de los supuestos previstos en el ARTÍCULO7° del presente.
Cuándo cesa la percepción
- Fallecimiento de la persona destinataria.
- Renuncia expresa.
- Ingreso a otro programa social de apoyo económico destinado a personas en situación de violencia por motivos de género.
- Incompatibilidad sobreviniente al otorgamiento por verificarse alguno de los supuestos previstos en el ARTÍCULO7° del presente.