Anses: fechas de pago, montos, AUH y bonos para jubilados en octubre

Se espera que el calendario de pagos de octubre comience en la segunda semana del mes para AUH, Jubilados en Octubre

Con la mayor parte de las asignaciones de septiembre ya abonadas, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) reveló detalles precisos sobre los montos que se pagarán en octubre y los posibles bonos destinados a jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones sociales.

Para el mes de octubre, se espera un nuevo ajuste en los haberes de jubilados, pensionados y titulares de asignaciones, producto de la aplicación de la fórmula de movilidad que contempla la inflación de los dos meses previos, que en agosto esta cifra fue del 4,2%.

Con este incremento, la jubilación mínima, así como las Pensiones Universales para el Adulto Mayor (PUAM) y las Pensiones No Contributivas (PNC), experimentarán una suba. Además, la fórmula de movilidad afectará las Asignaciones Universales por Hijo, Embarazo, Discapacidad y las Asignaciones Familiares, que también verán aumentos en sus montos.

Desde la anterior presidencia, los jubilados y pensionados han recibido un bono extra que se fue actualizando hasta alcanzar los $70.000. La última actualización ocurrió en marzo y desde entonces no ha vuelto a modificarse. A pesar de las expectativas generadas, este bono no se ajustará nuevamente, lo que ha disminuido su impacto frente a los constantes anuncios de inflación.

El congelamiento del bono fue anunciado por el vocero presidencial, Manuel Adorni, quien el viernes pasado anunció que el monto del bono de hasta $70.000 no será actualizado para los jubilados que perciben los haberes mínimos. Por lo que, con el nuevo incremento en los haberes, cada vez menos jubilados podrán acceder al bono completo, ya que al elevarse las jubilaciones mínimas, menos beneficiarios alcanzarán el umbral necesario para recibir los $70.000 en su totalidad.

Cabe recalcar que este bono se entrega junto con el haber mensual y está destinado tanto a jubilados como a pensionados.

Jubilados y pensionados con aumento confirmado en octubre

Se prevé que los jubilados y pensionados serán uno de los primeros grupos en recibir su haber mensual con aumento. Aunque las fechas exactas aún no han sido confirmadas, se estima que comenzarán a cobrar a partir de la segunda semana de octubre.

Como es habitual, los pagos de Anses se realizarán siguiendo un cronograma basado en la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) de los beneficiarios.

Con el aumento por inflación, las jubilaciones mínimas se establecen en $244.320, una cifra que cerca del 65 por ciento de los titulares del régimen general recibirá en octubre. Teniendo en cuenta el bono de $70.000, la cifra total sería de $314.320,56. La jubilación máxima, por su parte, llegará a $1.644.046,07.

Quienes reciben la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que equivale al 80% del haber mínimo jubilatorio, obtendrán un total de $195.510. Las Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez y por Vejez representan el 70% y alcanzarán este mes la suma de $171.024. No obstante a estos grupos se les debe sumar también el extra de $70.000.

La Asignación Universal por Hijo y sus cambios

Al igual que en las jubilaciones y pensiones, la nueva fórmula de movilidad también impacta en la Asignación Universal por Hijo, Asignación Universal por Embarazo, por Discapacidad y las Asignaciones Familiares.

Para la AUH y AUE, el monto de octubre será de $87.790, pero la Anses entrega $70.231, que corresponde al 80% del beneficio, ya que el 20% restante se percibe cuando los usuarios presenten el certificado de asistencia escolar y sanitario de los menores a cargo.

La Asignación Universal por Hijo con Discapacidad se establecerá en $274.393. Asimismo, las Pensiones No Contributivas (PNC) destinadas a madres de 7 hijos se elevarán a $244.319.

En cuanto a las Asignaciones Familiares, beneficios dirigidos a trabajadores en relación de dependencia registrados, a los titulares de la Ley de riesgos del trabajo, monotributistas, trabajadores temporarios y rurales, y titulares del sistema previsional, entre otros, el monto varía según el nivel de ingresos del grupo familiar:

Se prevé que la AUH y la AUE empiecen a cobrar desde el 7 de octubre. Además del aumento, en octubre, los titulares de la AUH pueden recibir varios pagos complementarios. Desde la ANSES se informaron los siguientes beneficios:

Cómo presentar la libreta AUH

Los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo tienen plazo hasta el último día del año para presentar la Libreta AUH completa en las oficinas del organismo, a las que pueden acudir sin necesidad de turno previo. Este trámite es necesario para acreditar la condición de alumno regular y los controles de salud de los niños y adolescentes que reciben la asignación. Así se habilita el cobro del 20 por ciento acumulado del año anterior.

Asignaciones de Pago Único

Las “Asignaciones de Pago Único (APU)” son un aporte económico otorgado por el Estado nacional a quienes registren un matrimonio, nacimiento o adopción de un niño y no cuenten con altos ingresos.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) brinda este beneficio en un único pago para estos eventos importantes en la vida de las personas. El trámite puede realizarse dentro de los dos años posteriores al acontecimiento, aplicándose los montos vigentes al momento de la solicitud.

En octubre, los montos varían dependiendo de qué tipo de APU se puede acceder:

Los beneficiarios de las Asignaciones por matrimonio, adopción y nacimiento de la Anses se entregan durante todo el mes y no sigue una terminación de DNI.

Otra asignación que tendrá un aumento es la Asignación por Prenatal, una ayuda que entrega la Anses y que tiene el objetivo de acompañar durante todo el embarazo a quienes trabajan en relación de dependencia. Esta prestación se abonará según el grupo familiar y el monto irá desde los $9.234,20 a los $43.901,54.

Prestación por Desempleo

La Prestación por Desempleo está dirigida a quienes trabajaron en relación de dependencia y fueron desvinculados por finalización de contrato, despido sin causa o motivos ajenos a ellos. Este beneficio es gestionado por la Anses, y mientras esté vigente, el beneficiario mantiene el derecho a percibir asignaciones familiares y conserva la cobertura de la obra social que tenía previamente. Aplica a trabajadores amparados por la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.

El monto de esta prestación varía según la situación particular de cada beneficiario. Los pagos equivalen al 75% del promedio neto de los salarios mensuales del trabajador durante los seis meses anteriores a la finalización del contrato. Sin embargo, la prestación cuenta con un tope mínimo y máximo, ambos vinculados al salario mínimo vital y móvil, aunque no se comunicó un incremento para octubre, sí se conoce el de septiembre, recientemente ajustado por el Gobierno.

El valor mínimo de la prestación no puede ser inferior al 50% del salario mínimo vigente, que actualmente es de $134.028,25. A su vez, el máximo no puede superar el 100% del salario mínimo vital y móvil, que desde el 1° de septiembre de 2024 está establecido en $268.056,50.

En el caso del sector de la construcción, para empleados de planta permanente, tanto el monto como la cantidad de cuotas (entre 3 y 8) se calculan según los ingresos y los meses trabajados con aportes en los últimos dos años. Para empleados eventuales o de temporada con un año o más de aportes, se aplica el mismo criterio que a los permanentes. Aquellos con menos de un año de aportes reciben un día de prestación por cada tres días trabajados. Además, los mayores de 45 años reciben seis meses adicionales de prestación.

Anses no confirmó una fecha exacta para este beneficio en octubre, aunque suele pagarse a finales de mes o a principios del siguiente.

Cómo saber dónde y cuándo cobrar los beneficios de Anses

Para conocer esta información solo es necesario tener a la mano uno de estos datos:

El procedimiento para verificar la fecha y el lugar de cobro de un beneficio de Anses es simple y directo.

  1. El primer paso es ingresar al sitio web oficial de Anses. Esta plataforma es accesible en cualquier momento y desde cualquier lugar, lo que brinda una gran comodidad a los beneficiarios.
  2. Una vez en el sitio web, los usuarios deben ubicar la opción que indica “Fecha y Lugar de Cobro”. Este enlace generalmente se encuentra en un lugar destacado en la página principal del sitio, lo que facilita su ubicación.
  3. Al hacer clic en “Fecha y Lugar de Cobro”, se abrirá un formulario en el que los beneficiarios deben ingresar su número de CUIL o el número de prestación. Estos datos son esenciales para que el sistema pueda identificar al beneficiario y proporcionar la información correcta.
  4. Una vez que se hayan completado todos los campos requeridos, los usuarios deben hacer clic en el botón “Consultar”. En cuestión de segundos, el sistema procesará la información y proporcionará la fecha y el lugar exactos donde el beneficiario podrá cobrar su prestación.

Cómo obtener una jubilación con aumentos por inflación

Una sentencia reciente emitida por un juez federal de la provincia de Córdoba declaró inconstitucional la Ley de Movilidad Jubilatoria (27.609). Como resultado del fallo, la Anses debe volver a la normativa anterior, la Ley 27.426 de 2017, que calcula los haberes jubilatorios basándose en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

La Ley 27.609, promulgada durante la administración de Alberto Fernández, se basaba en la recaudación tributaria de Anses y la variación de los salarios según el INDEC o el RIPTE, pero no incluía el IPC. Esta omisión llevó a una degradación gradual en el poder adquisitivo de los jubilados debido a la inflación, motivando a una jubilada de 73 años a iniciar una demanda en 2023, alegando un perjuicio económico significativo.

La abogada Carla Simón, que representó a la jubilada, destacado la importancia de este fallo: “Se trata de un fallo que es justo, novedoso y es importante para los jubilados por cuanto declara inconstitucional la fórmula de movilidad”.

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