La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) recordó este lunes que mañana, martes 31 de octubre, es el último día de inscripción al bono de refuerzo para trabajadores informales (nuevo IFE)
La inscripción, que abrió originalmente el 27 de septiembre pasado, puede realizarse de 14 a 24 horas, desde www.anses.gob.ar o en la aplicación mi ANSES. El bono otorga un total de 94 mil pesos, en dos o una cuota.
La primera cuota de 47 mil pesos ya fue cobrada por 2,5 millones de personas, mientras que la segunda se pagará en noviembre. En tanto, quienes se anotaron a partir del 10 de octubre y su solicitud fue aprobada recibirán las dos cuotas juntas en un pago de 94 mil en el próximo mes, precisó el organismo que dirige Fernanda Raverta.
Quiénes pueden recibir el bono de $94 mil
Como requisito, los trabajadores deberán:
- Tener entre 18 a 64 años
- No deben contar con ingresos registrados (relación de dependencia, autónomos, monotributo, monotributo social y casas particulares)
- No deben percibir ningún tipo de asistencia económica del Estado, como las asignaciones universal por hijo (AUH) y embarazo (AUE) , las becas Progresar o el Potenciar Trabajo
No se podrá acceder al refuerzo si se tiene cobertura de salud a través de la medicina prepaga; o si se realizaron gastos con tarjetas de crédito por un importe mayor o igual a $ 120.000 entre junio y julio, o con tarjetas de débito o billeteras virtuales por $ 90.000 o más, en el mismo período.
Del mismo modo, no serán considerados quienes sean titulares de un automotor con menos de 10 años de antigüedad, aeronaves o embarcaciones; y quienes hayan tenido plazos fijos en junio y julio o bonos y acciones entre febrero y julio de este año.
En el caso de los jóvenes entre 18 y 24 años, no podrán percibir el beneficio si su grupo familiar percibe en conjunto ingresos mensuales superiores a 3 salarios mínimos, vitales y móviles, que a octubre equivale a un total de $ 396.000.
Tampoco podrán acceder al beneficio quienes hayan efectuado “una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales o la tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios y la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, o la tenencia de embarcaciones”.
La normativa también excluye del refuerzo a quienes hayan operado como compradores o vendedores de bonos y acciones en los últimos 6 meses, hayan realizado compra de moneda extranjera a través de cualquiera de los canales vigentes desde febrero de este año y posean ingresos o acreditaciones bancarias y en billeteras virtuales mayores o iguales a $ 90.000 en junio o julio de 2023.