Le bloquearon las redes sociales por incumplir la cuota alimentaria

La medida no tiene precedentes en el bloqueo de redes sociales. El demandado nunca aportó dinero para gastos corrientes de sus hijos menores ni tiene trabajo para cumplir con la cuota alimentaria.

Una medida judicial sin precedentes fue adoptada en Rosario por la jueza de Familia, Gabriela Topino, que ordenó que le bloqueen las redes sociales a un padre que incumplió el pago de la cuota alimentaria de sus hijos menores de edad.

El abogado de la demandante, Sebastián Navas, habló del caso en Radioinforme 3, por Cadena 3 Rosario, y afirmó: “No hay precedentes en el foro. Es una medida complementaria a las que se dictaron en este proceso (retención de licencia de conducir, por ejemplo). Hay una sentencia previa en la que se condena al demandado a abonar alimentos históricos”.

“Incumplió con eso, por eso solicitamos varias medidas. El bloqueo de redes sociales es complementario. El tiempo dedicado a momentos recreativos debería dedicarlo a generar ingresos para pagar la deuda”, argumentó.

Y agregó: “El demandado nunca se presentó para ofrecer su ayuda o aporte como progenitor. Tampoco aclaró si tiene o no cómo aportar. No hay constancia de que preste labor como monotributista o en relación de dependencia. Hasta el día de hoy se retienen ingresos del abuelo”.

Luego, consultado por la aplicación de la medida legal, Navas precisó: “Para el bloqueo hay que oficiar a Meta y ellos con sus mecanismos bloquean las redes sociales a nombre de esta persona”.

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