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Los varados dentro del país podrán volver a sus casas

El Sol de San Juan Por El Sol de San Juan
2020/04/18
Los varados dentro del país podrán volver a sus casas
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El Gobierno habilitó un nuevo permiso especial de circulación para que aquellas personas que se encuentren realizando el aislamiento social, preventivo y obligatorio lejos de sus casas puedan regresar en autos particulares a sus respectivos domicilios declarados. La medida estará vigente hasta el próximo 21 de abril y fue anunciada en la Resolución Conjunta 2/2020, publicada este sábado en el Boletín Oficial.

El documento, que lleva la firma de los ministros de Transporte, Mario Meoni, y del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, aclaró que se “considerará domicilio de residencia habitual de las personas al indicado en su Documento Nacional de Identidad, a excepción de que pudieran acreditar que aquél ha variado mediante documentación fehaciente”.

Para obtener esta autorización excepcional, los interesados deberán tramitar la declaración jurada “Certificación para el Regreso al Domicilio Habitual”, la cual se puede encontrar en la siguiente página: https://regresoacasa.argentina.gob.ar/.

En todos los casos, las personas tendrán que cumplir con las recomendaciones e instrucciones generales establecidas por las autoridades sanitarias y de seguridad en el marco de las acciones para evitar nuevos contagios.

La Resolución Conjunta señaló que “ante el requerimiento de la autoridad competente en la vía pública, la persona deberá acreditar la veracidad de los datos consignados en la declaración jurada”. En este sentido, se advirtió que si la información llega a ser falsa, se “dará lugar a la aplicación de las sanciones civiles o administrativas que resulten pertinentes, sin perjuicio de las denuncias penales que correspondan efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública”.

Por último, se especificó que en el supuesto de que el traslado se efectúe en el vehículo de una persona autorizada al efecto, esta deberá portar una copia digital o impresa de la “Certificación para el Regreso al Domicilio Habitual” tramitada por quien se encuentra volviendo a su casa.

Al respecto de esta medida, el ministro Meoni destacó que, a un mes de que el presidente Alberto Fernández tomara la decisión de decretar la cuarentena obligatoria, el Gobierno consideró que “es necesario que puedan volver” los “miles de argentinos quedaran varados en ciudades muy alejadas de sus hogares”.

“De la misma forma que lo hicieron miles de argentinos que estaban en el exterior, también aquellos que hoy se encuentran en el país, y a partir de escuchar las numerosas demandas que hemos tenido de ellos, hemos determinado, junto a la ministra de Seguridad, el ministro del Interior, el ministro de Salud y por recomendación del Jefe de Gabinete, que hasta el día martes inclusive puedan retornar a sus hogares”, agregó.

La nueva autorización surge luego de una decisión coordinada con el Ministerio de Salud al entender que los ciudadanos que se trasladarán este fin de semana ya cumplieron con el tiempo de aislamiento recomendado.

De esta forma, el Gobierno nacional se encargará, de manera responsable y respetando protocolos sanitarios establecidos para enfrentar esta pandemia, de aquellos casos de ciudadanos que al momento de entrada en vigencia del aislamiento obligatorio se encontraban de vacaciones, por trabajo, por trámites, etc, en otros lugares que no eran los de su residencia.

Asimismo, el Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, realizarán exhaustivos controles de circulación vehicular durante el fin de semana con el objetivo de verificar que toda circulación se encuentre habilitada.

Todo lo que hay que saber sobre el nuevo permiso excepcional:

¿Dónde lo obtengo? En el link https://regresoacasa.argentina.gob.ar.

¿Cuándo puedo obtenerlo? A partir de hoy.

¿Cuál es la vigencia? Del sábado 18/4 a las 0.00 hs al martes 21/04 a las 24 hs. Y tiene validez de 48 horas.

¿Quién tiene que gestionarlo? Un responsable del grupo que se traslada.

¿Qué habilita la declaración jurada? La circulación del vehículo, con los pasajeros declarados, al destino de residencia.

¿Cuál debe ser el destino del permiso? El domicilio de residencia donde se cumplirá con el aislamiento obligatorio

¿Puedo acreditar domicilio con factura de servicios? Si

¿Cuánta gente se puede trasladar? La capacidad permitida por el vehículo.

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¿Puedo ir a buscar a un familiar con mi vehículo? Si.

¿Se pueden alquilar vehículos? No.

¿Se habilita el transporte de media y larga distancia? No.

¿Por qué se anuncia con poca anticipación? Para desalentar la circulación de casos injustificados.

¿Por qué se toma la decisión hoy? Porque con seguridad los pasajeros cumplieron los 14 días de aislamiento recomendado para prevenir la propagación del coronavirus y podrán trasladarse de modo seguro para toda la población.

¿Quién controlará la circulación de estos casos excepcionales? El Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, y las fuerzas de otras localidades.

Fuente: Infobae

Tags: ahoracoronaviruscovid-19
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