Dinero
Llega el otro”super aumento” de las naftas este sábado
Subirán este fin de semana entre un 3% y un 4% por el impuesto que le cobra el Gobierno a las petroleras

Dinero
Con aumentos, las nuevas fechas de cobro
Conocé cuándo percibirás tu beneficio, según el calendario que informó ANSES.

Los beneficiarios de jubilaciones, pensiones, Pensiones No Contributivas, Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, Prestación por Desempleo y Asignaciones Familiares y de Pago Único (Matrimonio, Nacimiento y Adopción) tienen la posibilidad de agendar las fechas y tenerlas a mano para una consulta anticipada y más rápida.
Pensiones no contributivas

Asignaciones familiares de pensiones no contributivas

Jubilados y Pensionados

Asignación universal por embarazo

Asignación familiar y universal por hijo

Asignación por prenatal y maternidad

Asignación de pago único (Matrimonio- Nacimiento- Adopción)

Prestación por desempleo

Dinero
¿Cuando se cobra el medio aguinaldo? Ya esta la fecha
Medio aguinaldo de diciembre: cuándo se cobra y cómo se calcula.

El miércoles 18 de diciembre es la fecha tope que establece la Ley de Contrato de trabajo (20.744) para que los asalariados cobren la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como “Aguinaldo”.
En su artículo 122, la norma se refiere concretamente a los plazos para abonarlo: “El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año”.
Es importante aclarar que el importe a abonar en cada semestre debe ser liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
Cabe destacar la Ley 27.073, impulsada por el entonces senador “Nito” Artaza, fue la que modificó la fecha. Antes se preveía que el pago se podía hacer efectivo hasta el 31 de diciembre.
¿Cómo se calcula?
En primera instancia tenés que saber que el SAC se expresa en valores brutos (sin los descuentos de ley realizados), por lo que a dicho resultado debemos aplicarle los aportes para obtener el valor Neto.
Además, este aguinaldo debe ser equivalente a la mitad de la mejor remuneración mensual que el trabajador cobró en el semestre, “devengada en todo concepto”.
Para quienes no completaron los seis meses (porque son nuevos o renunciaron), se calcula un proporcional.
Dinero
Ahora podés presentar por internet la libreta de la Asignación Universal
ANSES permite descargar, completar y enviar la libreta en formato web, sin necesidad de trasladarse a una oficina del organismo para la realización del trámite.

Desde www.anses.gob.ar se puede verificar la presentación de la libreta de la Asignación Universal por Hijo, como así también descargarla, completarla y presentarla sin pedir turno y sin necesidad de trasladarse a una oficina del organismo. Para ello se debe ingresar en el apartado Accesos rápidos, opción Libreta de Asignación Universal, con la Clave de la Seguridad Social (que puede generarse y habilitarse en la misma página) y realizar la gestión de manera rápida y sencilla.
Cabe recordar que la presentación de la libreta web es un trámite que debe realizarse una vez al año, desde el primer día hábil de enero y hasta el último día hábil de diciembre, y es requisito para cobrar el 20% anual acumulado durante el año anterior por cada hijo y para continuar percibiendo la asignación al año siguiente.
Paso a paso: cómo presentar la libreta web
1. Ingresar desde el celular, computadora o tablet a www.anses.gob.ar/libreta y hacer clic en PRESENTAR LIBRETA.
2. Escribir el número de CUIL del titular y la Clave de Seguridad Social.
3. Revisar los datos que figuran de cada uno de los hijos (educación, salud y vacunación) y, en el caso de que sea necesario completar alguno, ingresar a GENERAR LIBRETA, imprimirla y completar los datos faltantes en la escuela o el centro de salud.
4. Una vez completa, ingresar nuevamente a la web y adjuntar el archivo en SUBIR LIBRETA.
5. Si además falta completar la Declaración Jurada (de condición laboral), seleccionar la opción INICIAR PRESENTACIÓN, luego CONFIRMAR al hijo o menor a cargo y SELECCIONAR la situación laboral del titular. Para finalizar, hacer clic en GUARDAR.
En caso no poder realizar el trámite vía web, es posible presentar la libreta generada sin turno en un punto de atención o con turno en una oficina del organismo.
Asimismo, cabe destacar que el Formulario Libreta PS 1.47 continúa vigente con la particularidad de que solo puede presentarse de manera presencial.
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