ANSES: cómo actualizar los datos para poder cobrar el IFE 4

A partir de este jueves, Anses pone a disposición la posibilidad de actualizar los datos para los beneficiarios menores de 25 años que cobraron el bono de 10000 pesos del Ingreso Familiar de Emergencia ( IFE) pero que se vieron interrumpido luego de que el organismo previsional sumara requisitos para acceder al IFE 3 e IFE 4.

Al ser una ayuda familiar entregada por el Gobierno para los sectores más vulnerables, en el caso de que el menor tenga el mismo domicilio que los padres, y teniendo uno de ellos trabajo en blanco, no podrá ser tenido en cuenta para cobrar el bono de emergencia. 

Cómo actualizar los datos para continuar con el cobro del IFE de Anses 

Anses habilitó desde hoy en el aplicativo Mi Anses la posibilidad de actualizar los datos de referencia para luego acceder al beneficio, tal como lo comunicaron a BAE Negocios: ” Anses se está contactando con ellos por SMS y correo electrónico para poder solucionar esta situación”.

Nuevos requisitos

Durante los últimos días   Anses informó una serie de nuevos requisitos para acceder al   IFE, y explicó que estos cambios se dan para “poder fortalecer la llegada de esta prestación excepcional a los sectores más vulnerables”, y por lo tanto, “deviene necesario introducir ciertas modificaciones”.

Con la implementación de estos nuevos requisitos,  Anses busca llegar a entregar el bono de emergencia a los sectores que corresponda y a quienes más lo necesiten.

Cómo ingresar al Aplicativo de  Anses

Declaración Jurada por grupo familiar:

Al momento de avanzar con la solicitud para continuar con el cobro del Ingreso Familiar de Emergencia, los titulares menores de 25 de años deberán completar una declaración jurada en donde de deje constancia que no conviven con sus padres. De esta forma se informa que el grupo familiar que compone no recibe más de una bono de asistencia.

¿Cómo se compone un grupo familiar?

Grupo familiar es el formado por la persona que pide el Ingreso Familiar de Emergencia, su cónyuge o conviviente y sus hijos menores de 18 años. Si alguno de los hijos tiene discapacidad, no hay límite de edad.

El grupo familiar puede considerarse de una sola persona por declaración jurada del solicitante.

Si los menores de 25 años tienen domicilio de sus padres y ellos tienen trabajo registrado, son monotributistas C o más, cobran jubilación, pensión, plan social o seguro de desempleo, NO LES CORRESPONDE CONTINUAR COBRANDO.

El Ingreso Familiar de Emergencia será pagado a un solo integrante del grupo familiar. Si en el grupo familiar uno de sus miembros ya cobra Asignación Universal por Hijo ( AUH), Asignación por Embarazo ( AUE) asignación familiar correspondiente Monotributo, el Ingreso Familiar de Emergenciase abonará a los titulares de esos beneficios.

El Ingreso Familiar de Emergencia se pagará con preferencia a las solicitantes mujeres.

¿Qué pasa si miento en la declaración jurada?

En el caso que Anses detecte falsedad en los datos, inmediatamente procederá por las vías administrativas y legales al recupero de las sumas cobradas.

Personas menores de 25 años

Se entiende que el grupo familiar está compuesto por el solicitante menor de 25 años y sus padres si la persona menor de 25 años tiene como domicilio registrado en ANSES el mismo domicilio que registraron sus padres.

Asignaciones familiares y Programa Progresar

Pueden cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia las personas que cobran:

• Asignación Universal por Hijo,
• Asignación por Embarazo para Protección Social,
• Asignaciones familiares correspondientes Monotributistas,
• Asignaciones familiares del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares ,
• Programa PROGRESAR.

Evaluación de la necesidad de la persona

Se considera que no existe situación de real necesidad cuando la persona que pide cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia o algún miembro de su grupo familiar:

Haya cobrado en los últimos 6 meses sumas que en promedio mensual sean mayores a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
• Haya hecho gastos o consumos con tarjetas de crédito o débito que sean mayores al 70% de sus ingresos. Esos ingresos, en promedio de los últimos 6 meses, tienen que ser mayores a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
• Tenga rentas financieras por un monto superior a $ 66.917 para el periodo fiscal 2018.
• Haya hecho una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que supere 4 veces el importe anualizado del ingreso previsto en el primer punto,
• Tenga bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios que supere 1,5 veces el importe anualizado del ingreso indicado en el primer punto
• Tenga bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil,
• Tenga embarcaciones.

Formas de pago del tercer  IFE

Fuente: BAE Negocios

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