Un fallo ejemplar en materia de derechos del consumidor puso en aprietos a un comercio de telefonía en la ciudad de La Plata. La Justicia resolvió condenar a la firma a restituir la totalidad de los dólares abonados por un dispositivo de alta gama que falló de manera inmediata, además de imponerle una severa multa punitiva por la falta de respuesta ante el reclamo.
La ilusión frustrada: una compra que duró pocas horas
El conflicto judicial se originó el 7 de agosto de 2024, cuando un joven de 24 años adquirió un iPhone 15 Pro Max pagando al contado con la intención de obsequiárselo a su madre. Si bien el equipo encendió con aparente normalidad durante la prueba inicial en el local, el panorama cambió drásticamente al llegar a casa.
Tras realizar la transferencia de datos y la configuración habitual, el teléfono se quedó sin batería y nunca más volvió a encender, a pesar de ser conectado a la corriente eléctrica. Ante la evidente falla de fábrica, el comprador y su madre regresaron de inmediato al comercio.
La respuesta inicial de los vendedores consistió en retener el aparato durante tres horas para luego informarles que no tenía arreglo y que debía enviarse a servicio técnico. Ante la negativa de entregar un equipo nuevo de idénticas características y la ausencia de un comprobante fiscal válido, el cliente decidió acudir a la vía legal.
La trampa de la garantía y la coartada del local
Uno de los ejes centrales que inclinó la balanza en el expediente fue la verificación del número de serie del smartphone en el portal oficial del fabricante. Al ingresar los datos, el denunciante descubrió que el equipo ya figuraba activado con anterioridad y que su garantía oficial había caducado el 6 de agosto de 2024, es decir, un día antes de la transacción comercial.
Durante el proceso judicial, la empresa demandada adoptó una postura evasiva: negó rotundamente la existencia de la venta, desestimó la falla reportada e incluso cuestionó la validez de los correos electrónicos presentados por el cliente como evidencia del intercambio de reclamos.
El peritaje clave y el fallo judicial
Para destrabar el litigio, la jueza a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial n.º 23 de La Plata ordenó un peritaje informático sobre la prueba digital. El especialista concluyó que los correos electrónicos eran totalmente auténticos e íntegros, lo que validó la relación de consumo.
Ante las pruebas reunidas, la magistrada dictó una sentencia contundente que obliga al comercio a:
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Restituir USD 1.330 correspondientes al valor del dispositivo, con más los intereses acumulados desde la fecha de compra.
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Abonar una multa de $2 millones en concepto de daño punitivo, castigando la pésima atención y la nula predisposición de la empresa para resolver el inconveniente de manera administrativa.
Si bien algunos rubros indemnizatorios complementarios fueron descartados por falta de pruebas específicas —tales como el daño moral o los gastos de traslado—, la condena económica principal ratifica la responsabilidad de los proveedores frente a vicios ocultos y prácticas abusivas en el mercado tecnológico.
