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Fiscalía de Estado solicitó a la Corte Suprema que se excuse de seguir interviniendo por prejuzgamiento

El Sol de San Juan Por El Sol de San Juan
2023/05/16
Fiscalía de Estado solicitó a la Corte Suprema que se excuse de seguir interviniendo por prejuzgamiento
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Luego de la inédita intervención de la Corte Suprema de Justicia suspendiendo la elección a gobernador y vicegobernador en la provincia de San Juan, a cinco días de los comicios, Fiscalía de Estado de San Juan realizó una presentación ante el máximo tribunal de justicia en la que solicita que los miembros firmantes de la resolución se abstengan de seguir interviniendo en la causa. Plantean formal recusación con causa en contra de los jueces de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.

A través de una cautelar, la Corte Suprema hizo lugar a una presentación de la oposición en la que denunciaban que el gobernador y candidato a gobernador, Sergio Uñac, no estaba habilitado para ejercer un nuevo mandato.

El primer sorprendido de la suspensión de la elección fue el mismo Uñac, quien dijo que siendo parte de la denuncia no había sido notificado como ciudadano de dicha decisión, negándole así el derecho de defensa. Además, con la Constitución de San Juan en la mano, señaló que era la adenda realizada por José Luis Gioja en 2011 (cuando Uñac era intendente de Pocito), la que le permitía aspirar a un nuevo período en el Ejecutivo.

Luego de conocida esta cautelar de la Corte Suprema, el Tribunal Electoral de San Juan comunicó que las elecciones se realizarían, como estaban ya encaminadas, sin contabilizar los votos de los candidatos a gobernador y vicegobernador, pero eligiendo el resto de las categorías, intendentes, concejales, y diputados provinciales.

Las elecciones así dispuestas se realizaron en la provincia el 14 de mayo resultando ganadora la fuerza que lidera el gobernador Sergio Uñac y logrando las intendencias de 15 de los 19 departamentos.

El documento de Fiscalía de Estado se titula: ‘Toman participación. Solicitan se excusen. En subsidio recusan con causa – Presentan informe Art 8 Ley 16986’.

Luego de las presentaciones protocolares de rigor respecto al cuerpo de fiscales actuante, señala Temporaneidad, siendo notificados de la Resolución de fecha 09/05/23 por cédula el 10/05/23.

Luego citan los antecedentes, es decir lo incluido en el fallo cautelar de la Corte, la presentación de Sergio Guillermo Vallejos Mini, en su carácter de apoderado de la subagrupación política Evolución Liberal, aprobada dentro de la alianza electoral Unidos por San Juan, y de candidato oficializado a gobernador de la Provincia de San Juan por aquella subagrupación, quien promueve la acción prevista en el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación contra esa provincia a fin de obtener el cese del estado de incertidumbre respecto del artículo 175 de la Constitución provincial que —a su entender— inhabilita al ciudadano Sergio Mauricio Uñac a ser nuevamente candidato a gobernador en las elecciones fijadas para el 14 de mayo de 2023. Solicita que, al hacerse lugar a la demanda, se declare que dicho ciudadano se encuentra inhabilitado por el texto constitucional provincial para ser candidato a gobernador en las referidas elecciones.

Tal el textual de la presentación de Vallejos, repetida por la Corte y citada por la Fiscalía de Estado.
Menciona luego el Artículo 175 de la Constitución Provincial sobre el que basa la denuncia y que según Vallejos inhabilita a Uñac.
Luego Fiscalía advierte que habiendo analizado el fallo que otorga la medida cautelar solicitada “advertimos, que si bien la CSJN ‘está habilitada para dictar estas medidas cautelares’, sin que ello implique un anticipo de opinión, ese paraguas protector preventivo no lo habilita para realizar afirmaciones que traspasan los límites de lo permitido y razonablemente legal, posibilitando que los señores miembros del máximo tribunal nacional firmantes, al momento de fundar el fallo ‘adelanten innecesariamente su opinión’ respecto de la cuestión de fondo planteada por la actora en la acción declarativa de certeza, luego reconducida -de oficio- por el Tribunal en acción de amparo”.

Inmediatamente, solicita el apartamiento de los doctores Rosatti, Rosenkrantz y Maqueda, amparados en la garantía de ser juzgado por un tribunal imparcial, consagrada en los instrumentos internacionales incorporados a la Constitución Nacional por el art. 75, inc. 22, estando en juego la inteligencia del art. 18 de la Constitución Nacional, de los tratados internacionales incorporados a ésta y el instituto de la recusación cuya vinculación ha reconocido esta Corte; “pues no es dudoso que las cuestiones de recusación se vinculan con la mejor administración de justicia, cuyo ejercicio imparcial es uno de los elementos de la defensa en juicio”.

Entre las 44 páginas de la presentación de Fiscalía se fundamenta también la Incompetencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación – Avasallamiento de las instituciones provinciales; señalando que: “El fallo de la Corte Suprema de Justicia es violatorio a la autonomía provincial, ya que presupone una violación al sistema republicano de gobierno solo por el hecho de establecer una periodicidad en las funciones para el cargo de Gobernador y Vicegobernador, distinta a la de otras provincias o a la de la Constitución Argentina para el Poder Ejecutivo Nacional”.
Cierra el documento presentado con el pedido:
“Nos tenga por presentados, por parte y domiciliados; dándonos la participación que por derecho corresponde. Tengan por presentada la solicitud de excusación para continuar interviniendo en la presente causa.
Subsidiariamente, tenga a esta presentación como formal recusación con causa contra los tres miembros firmantes de la sentencia de fecha 9 de mayo de 2023 por los motivos y las causas expresadas. Se haga lugar a lo peticionado. Tenga por presentado el informe, previsto por el art 8 de la ley 16986. Tenga presente la prueba ofrecida y las reservas formuladas. Oportunamente rechace la acción, primero por motivo formales y en subsidio por motivos sustanciales, con costas. Será Justicia”.

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