A través de una resolución publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional detalló cuáles tienen que ser los valores de referencia y, por lo tanto, los precios máximos del alcohol en gel.
Así, con la lista difundida se busca que los consumidores no se vean afectados por los valores especulativos que se registraron en los últimos tiempos luego de que la pandemia convirtiera en un insumo esencial al alcohol en gel.
De acuerdo con el cuadro, el consumidor tendría que pagar como máximo $110 por un pote de 60 mililitros de este producto, mientras que el envase de 65 mililitros debería conseguirse como mucho a $115. En tanto, el frasco de un cuarto de litro lo recomiendan vender a $250; el de medio, a $315 pesos; y el de 1 litro, a $500.
En la resolución, el Gobierno aclaró que estos valores de referencia “comprenden a todos aquellos productos de similares características para el aseo de manos que contengan alcohol como su insumo más importante”. Por otra parte, se aclaró que, a la hora de informar el precio al que venden estos insumos, las empresas deberán aclarar en la descripción ”el tipo de presentación” del artículo comercializado y su respectivo valor.
También se publicó este viernes en el Boletín Oficial la Resolución 114/2020, a través de la cual se ordenó retrotraer los precios del “termómetro corporal de contacto” y del “barbijo no quirúrgico y/o de una capa” para que vuelvan a tener “los valores vigentes al día 6 de marzo del corriente año”.
Además, ninguno de estos dos productos podrá volver a aumentar mientras esté vigente la emergencia, mientras que en el caso de los barbijos además se estableció de forma transitoria un valor máximo de venta para los consumidores de 40 pesos por cada unidad, el cual “deberá ser exhibido de forma destacada” en las góndolas de los comercios.