¿Cuando se cobra el medio aguinaldo? Ya esta la fecha

El miércoles 18 de diciembre es la fecha tope que establece la Ley de Contrato de trabajo (20.744) para que los asalariados cobren la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido como “Aguinaldo”.

En su artículo 122, la norma se refiere concretamente a los plazos para abonarlo: “El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año”.

Es importante aclarar que el importe a abonar en cada semestre debe ser liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.

Cabe destacar la Ley 27.073, impulsada por el entonces senador “Nito” Artaza, fue la que modificó la fecha. Antes se preveía que el pago se podía hacer efectivo hasta el 31 de diciembre.

¿Cómo se calcula?

En primera instancia tenés que saber que el SAC se expresa en valores brutos (sin los descuentos de ley realizados), por lo que a dicho resultado debemos aplicarle los aportes para obtener el valor Neto.

Además, este aguinaldo debe ser equivalente a la mitad de la mejor remuneración mensual que el trabajador cobró en el semestre, “devengada en todo concepto”.

Para quienes no completaron los seis meses (porque son nuevos o renunciaron), se calcula un proporcional.

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