Obligan a los kiosqueros sanjuaninos a cerrar a las 23 horas

«Tienen un horario de cierre a las 23 horas, esperamos que cumplan con el horario porque en algunos casos venden bebidas y eso puede mantener una reunión social», justificó el secretario de Seguridad

Desde el lunes comenzaron a regir las nuevas medidas impuestas por el Gobierno de San Juan en plena segunda ola de Covid 19. El secretario de Seguridad y Orden Público, Carlos Munisaga, habló sobre las restricciones aplicadas a pequeños comerciantes.

El funcionario se centró en el cierre en los kioscos barriales. «Tienen un horario de cierre a las 23 horas, esperamos que cumplan con el horario porque en algunos casos venden bebidas y eso puede mantener una reunión social», argumentó el secretario en diálogo con radio Colón.

«Es fundamental el apoyo de todos los ciudadanos para cuidar la salud de todos», añadió.

TODAS LAS RESTRICCIONES:

1. Educación

Continuidad de clases bajo la actual modalidad de presencialidad cuidada, tal cual se ha venido desarrollando hasta la actualidad. 

2. Reuniones sociales

Se suspenden reuniones sociales en domicilios particulares.  

3. Reuniones familiares

Las reuniones familiares solo pueden ser de hasta 10 personas en espacios abiertos.
  
4. Circulación nocturna

Se prohíbe la circulación de personal no esencial entre las 01:00 y las 06:00 horas de la mañana durante todos los días de la semana. 

5. Establecimientos gastronómicos

El horario de funcionamiento de los locales gastronómicas se establece hasta las 00:00 hs todos los días de la semana.

6. Factor de ocupación

Se establece un aforo máximo del treinta por ciento (30 %), en relación con la capacidad habilitada, en todos los espacios cerrados, con la debida ventilación  y espacios abiertos, para actividades religiosas, culturales y recreacionales como cines, teatros, centros culturales y gimnasios.

7. Eventos gastronómicos

Con participación artística podrán desarrollarse con un factor máximo de ocupación del 30% o un tope máximo de 90 personas, el que sea menor. 

8. Administración pública

Con el objetivo de descomprimir horarios picos de circulación de personas y uso del transporte público de pasajeros, se dispone que el horario de atención en la administración pública se extienda desde las 08:30 hasta las 19:00 horas, facultando a cada repartición la modalidad de trabajo en burbujas y modalidad teletrabajo.

9. Espacios públicos

Se dispone la prohibición en parques, plazas y espacios públicos provinciales y municipales de acampe, práctica deportiva y recreativa, permitiendo solo la circulación con uso de barbijo y distanciamiento.

10. Eventos y actividades deportivas

Se suspenden eventos deportivos de carácter provincial y nacional, cuyo desarrollo implique el traslado de o hacia la provincia de San Juan (excepto fútbol de AFA 1ra División y Torneo Nacional A, Liga Nacional de Básquet, integrantes de Selección Argentina, participantes de categorías nacionales de automovilismo).
Se suspenden todas las actividades de entrenamiento y competencias de deportes federados.

Todos los deportes y programas deportivos en los municipios también suspenden sus actividades.

Se suspende la práctica recreativa de deportes donde participen más de 10 personas.

Continúan funcionando actividades deportivas comerciales, ajustando controles y protocolos: canchas de fútbol 5, canchas de pádel, piletas de natación, gimnasios, clubes sociales (con cierre de canchas y límite de personas), deportes al aire libre, deportistas de alto rendimiento.

11. Transporte público

Será obligatorio para el transporte público de pasajeros el cumplimiento de las medidas de ocupación de unidades,  el máximo de ocupación es la capacidad completa de pasajeros sentados y 10 pasajeros parados; y ventilación de las unidades, debiendo tener ventanillas abiertas y de forma cruzada, por lo menos 4 por un espacio de 10 cm, cada una de manera permanente.

12. Prácticas quirúrgicas

La atención sanitaria en especialidades clínicas y quirúrgica priorizará patologías urgentes y emergentes, prácticas ambulatorias y practicas quirúrgicas cuyo posoperatorio no requiera más de 24 horas de internación.

13. Actividades masivas

Continúan suspendidas las actividades masivas (espectáculos y reuniones sociales). También se suspenden los viajes grupales de todo tipo.

14. Personas en situación de mayor riesgo

Continúa la suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo, para las personas alcanzadas por los términos de la Resolución N° 207/20 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, sus normas complementarias, modificatorias y las que en lo sucesivo se dicten.

15. Cumplimiento de protocolos

Fortalecer el control del estricto cumplimiento de los protocolos de actividades y recomendaciones e instrucciones del Comité COVID-19 San Juan, debiéndose atender las siguientes reglas de conducta personal:

•    Las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de dos (2) metros.
•    Utilizar barbijo en espacios compartidos de manera correcta y permanente.
•    Ventilar los ambientes en forma adecuada y constante.
•    Higienizarse asiduamente las manos y usar alcohol.
•    Toser o estornudar en el pliegue del codo.
•    Evitar aglomeraciones.
•    Evitar espacios cerrados sin ventilación.
•    Cumplir el aislamiento de los casos positivos y contactos estrechos. 

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