La Justicia sanjuanina condenó a Kevin Axel Manrique Chancay a dos años de prisión de cumplimiento condicional tras hallarlo culpable del delito de lesiones graves, en el marco de un juicio abreviado.
El caso fue investigado por el fiscal Alejandro Mattar, con la intervención de la ayudante fiscal Rosana Rivero, la auxiliar María Andrea Faraudo y los fiscales coordinadores Ignacio Achem y Daniela Pringles.
El hecho
El episodio ocurrió el 25 de diciembre de 2025, alrededor de las 7:30, en el Lote Hogar Nº 13, departamento Pocito. Según la denuncia radicada por la víctima, Franco Ismael Flores Días, cuando se dirigía a su domicilio fue interceptado por su vecino Manrique Chancay, quien comenzó a insultarlo e incitarlo a pelear.
De acuerdo al relato, pese a que la víctima intentó evitar el conflicto, el agresor extrajo un cuchillo y le asestó una puñalada en la zona del cuello, a la altura de la tráquea. Gravemente herido, Flores Días logró caminar hasta la plaza central del Lote Hogar Nº 13, donde se descompensó y perdió el conocimiento.
Un vecino advirtió la situación y dio aviso al 911. La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital Guillermo Rawson, donde debió ser intervenida quirúrgicamente debido a la gravedad de la herida.
Resolución judicial
En la audiencia de juicio abreviado, el juez interviniente declaró legal la detención, dio por formalizada la investigación penal preparatoria y resolvió condenar a Manrique Chancay como autor material del delito de lesiones graves (artículos 90 y 45 del Código Penal).
La pena impuesta fue de dos años de prisión de ejecución condicional, por lo que se ordenó su inmediata libertad, salvo que otra autoridad judicial requiera su detención.
Además, durante el plazo de dos años, el condenado deberá cumplir con una serie de reglas de conducta, entre ellas:
Fijar domicilio y someterse al control del Patronato.
Abstenerse del consumo de estupefacientes y del uso abusivo de alcohol.
Prohibición absoluta de contacto o actos molestos hacia la víctima, ya sea de manera personal o a través de redes sociales, telefonía u otros medios.
Finalmente, el magistrado ordenó que la resolución sea comunicada a la víctima.









