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Cómo cobrar el bono si fuiste rechazado la primera vez

El Sol de San Juan Por El Sol de San Juan
2020/05/03
Tarjeta AlimentAr: guía para conocer el saldo y saber cómo utilizarla
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Más de 1,1 millones de personas podrán acceder al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) luego de ser rechazados en la etapa de inscripción, debido a una decisión del gobierno nacional de ampliar los fondos presupuestarios de este subsidio que ya fue otorgado a más de 7,8 millones de beneficiarios en todo el país.

El Ministerio de Economía de la Nación a través del área de Hacienda, modificó el presupuesto nacional para asignar $89.630 millones para el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) durante el mes de mayo, fondos suficientes para cubrir los pagos de 8,9 millones de beneficiarios. Por ende, al total de 7.854.316 personas (beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo e inscriptos aceptados) que ya fueron aprobados, se le sumarán otros 1.100.000 personas que fueron rechazadas en la etapa de inscripción y ahora podrán reclamar su inclusión en el bono extraordinario.

Esta segunda oportunidad para calificar está abierta mediante la aplicación ‘Atención virtual’ en la página web de la Anses, la cual permite registrar el reclamo hasta el 20 de mayo, según el siguiente cronograma y en función de la terminación del DNI del postulante.

  • DNI terminados en 0: miércoles 22 y jueves 23 de abril
  • DNI terminados en 1: viernes 24 y lunes 27 de abril
  • DNI terminados en 2: martes 28 y miércoles 29 de abril
  • DNI terminados en 3: jueves 30 de abril y lunes 4 de mayo
  • DNI terminados en 4: martes 5 y miércoles 6 de mayo
  • DNI terminados en 5: jueves 7 y viernes 8 de mayo
  • DNI terminados en 6: lunes 11 y martes 12 de mayo
  • DNI terminados en 7: miércoles 13 y jueves 14 de mayo
  • DNI terminados en 8: viernes 15 y lunes 18 de mayo
  • DNI terminados en 9: martes 19 y miércoles 20 de mayo

Cabe recordar que solo podrán acceder a esta instancia aquellos potenciales beneficiarios que se hayan inscripto previamente para el IFE y hayan sido rechazados respecto a los datos que la Anses tiene registrados y estén incurriendo en un error o desactualización. Sería el caso, por ejemplo, de una pareja separada que no informó el cambio de domicilio y uno de sus integrantes no haya percibido el beneficio.

Mientras que la ANSES revisará automáticamente los casos de quienes perdieron su empleo durante los meses de febrero y marzo y la solicitud del IFE fue rechazada, como así también los casos de personas que perciben un programa alimentario provincial y fueron denegadas. En estos casos, los inscriptos no deben ingresar al área de Atención Virtual.

Instructivo para reclamar el cobro del IFE

– Para ingresar a la aplicación de Atención Virtual, recordá tener a mano tu número de CUIL y tu Clave de la Seguridad Social, que es el código personal para hacer trámites en línea en forma segura. Si todavía no tenés tu Clave de la Seguridad Social, podés crearla en anses.gob.ar

– Es importante que revises que los datos de contacto que aparecen en pantalla sean correctos, ya que vas a recibir por correo electrónico o mensaje de texto, las novedades sobre tu solicitud. En caso de que necesites actualizar esos datos, ingresá al link que aparece en pantalla.

– Para continuar, hace click sobre “Reclamar beneficio IFE no cobrado”

– Luego elige entre:

  • Trabajador o trabajadora informal
  • Trabajador y trabajadora de casas particulares.
  • Monotributista social
  • Monotributista de las categorías A y B.

– Según tu situación, la Anses pedirá como modificación de datos personales:

  • Fecha de Nacimiento: presentar foto de frente y contra frente del DNI
  • Residencia: presentar foto de frente y contra frente del DNI
  • Domicilio: presentar foto de frente y contra frente del DNI
  • Estado civil: presentar foto de frente y contra frente del DNI, más el nuevo Divorcio vincular (testimonio o sentencia de Divorcio o inscripción marginal en partida de matrimonio) o Separación de hecho (declaración jurada o información sumaria judicial o administrativa) o Baja de Convivencia (declaración jurada).

– Podés subir los documentos escaneados o sacarles fotografías con un teléfono celular. Para que la documentación sea aceptada, debe verse en forma clara, completa y no tener reflejos de luces flash u otras luces que manchen la imagen.

– Una vez adjuntado los archivos, hacé clic en “Enviar”.

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Tags: AnsesBonoIFEIngreso Familiar de EmergenciaRechazados
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